Decreto núm. 278, publicado el 19 de Agosto de 2015. MODIFICA DECRETO Nº 78, DE 2012, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES EN EL SENTIDO QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 580345410

Decreto núm. 278, publicado el 19 de Agosto de 2015. MODIFICA DECRETO Nº 78, DE 2012, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 78, DE 2012, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES EN EL SENTIDO QUE INDICA

Núm. 278.- Santiago, 11 de diciembre de 2014.

Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 y los artículos 93 y 94 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 18.290, de Tránsito; lo dispuesto en los decretos con fuerza de ley Nº 343, de 1953 y 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el D.S. Nº 78, de 2012, que aprueba el Manual de Señalización de Tránsito, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, los avances tecnológicos de las últimas décadas permiten proveer señales de tránsito con mensajes variables en tiempo presente sobre las condiciones de las vías, el tránsito y el entorno, a través de dispositivos que exhiben un mensaje que puede ser cambiado manual, eléctrica, mecánica o electromecánicamente.

  2. Que, las señales de mensaje indicadas en el considerando anterior, no se encuentran recogidas en la actual normativa.

  3. Que, para que las señales de mensaje variable resulten eficaces y contribuyan a mejorar la gestión y seguridad del tránsito sin generar efectos adversos, su instalación y características deben cumplir con requisitos y estándares determinados, que resulta necesario incorporarlos en el "Manual de Señalización de Tránsito".

Decreto:

Artículo 1

Agrégase el siguiente Título VIII al artículo primero del D.S. Nº 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, que aprueba el Manual de Señalización de Tránsito:

"TÍTULO VIII

Señales de mensaje variable

Artículo 33º

Las señales de mensaje variable, en adelante "SMV", permiten entregar a los conductores información en tiempo presente relacionada con las condiciones de la vía, el tránsito y el entorno, lo que se logra a través de dispositivos que exhiben un mensaje que puede ser cambiado manual, eléctrica, mecánica o electromecánicamente. La información comunicada a través de estos dispositivos, se obtiene, a su vez, de sistemas de comunicación y de procesos de monitoreo de parámetros de tránsito, medioambientales y meteorológicos.

Artículo 34º

Las SMV...

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