Decreto núm. 25, publicado el 17 de Junio de 2015. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LA COOPERACIÓN ENTRE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y LA GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 574727342

Decreto núm. 25, publicado el 17 de Junio de 2015. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LA COOPERACIÓN ENTRE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y LA GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LA COOPERACIÓN ENTRE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y LA GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA

Núm. 25.- Santiago, 5 de marzo de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 16 de marzo de 2012, en Santiago, Chile, la República de Chile y la República Argentina suscribieron el Acuerdo para la Cooperación entre la Policía de Investigaciones de Chile y la Gendarmería Nacional Argentina.

Que dicho Acuerdo fue suscrito en el marco del Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito el 30 de octubre de 2009, publicado en el Diario Oficial de 2 de marzo de 2010; y del Tratado sobre Controles Integrados de Frontera entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito el 8 de agosto de 1997, y publicado en el Diario Oficial de 4 de junio de 2001.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo IX del referido Acuerdo y, en consecuencia, éste entró en vigor internacional el 23 de febrero de 2015.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y la República Argentina para la Cooperación entre la Policía de Investigaciones de Chile y la Gendarmería Nacional Argentina, suscrito en Santiago, Chile, el 16 de marzo de 2012; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.-MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LA COOPERACIÓN ENTRE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y LA GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA

La República de Chile y la República Argentina, en adelante denominadas "las Partes";

Teniendo presente el Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito el 30 de octubre de 2009, y lo dicho en su Artículo 18 en que se decidió establecer actividades de cooperación de los Comités de Integración, entre ellas, la recomendación de adoptar medidas que faciliten la colaboración de las fuerzas de seguridad pública en la prevención y lucha contra el delito;

Considerando el marco ofrecido por el Artículo 6° del Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Controles Integrados de Frontera, del 8 de agosto de 1997, complementado por el Acuerdo Operativo entre el Ministerio del Interior de la República de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile y la Dirección Nacional de Migraciones de la República Argentina, sobre Cooperación en los...

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