Decreto núm. 23, publicado el 03 de Febrero de 2016. FIJA INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN TRONCAL, EL ÁREA DE INFLUENCIA COMÚN, EL VALOR ANUAL DE TRANSMISIÓN POR TRAMO Y SUS COMPONENTES CON SUS FÓRMULAS DE INDEXACIÓN PARA EL CUADRIENIO 2016-2019 - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 592940362

Decreto núm. 23, publicado el 03 de Febrero de 2016. FIJA INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN TRONCAL, EL ÁREA DE INFLUENCIA COMÚN, EL VALOR ANUAL DE TRANSMISIÓN POR TRAMO Y SUS COMPONENTES CON SUS FÓRMULAS DE INDEXACIÓN PARA EL CUADRIENIO 2016-2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

FIJA INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN TRONCAL, EL ÁREA DE INFLUENCIA COMÚN, EL VALOR ANUAL DE TRANSMISIÓN POR TRAMO Y SUS COMPONENTES CON SUS FÓRMULAS DE INDEXACIÓN PARA EL CUADRIENIO 2016-2019

Núm. 23 T.- Santiago, 26 de noviembre de 2016.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República;

  2. Lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía;

  3. Lo señalado en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley", especialmente lo establecido en su artículo 92º;

  4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;

  5. Lo dispuesto en los artículos 50º y 51º del decreto supremo Nº 48, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el "Reglamento que fija el Procedimiento para la Realización del Estudio de Transmisión Troncal";

  6. Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 244, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Aprueba Reglamento para Medios de Generación no Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos;

  7. Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 61, de 2011, de 5 de septiembre de 2011, del Ministerio de Energía, que Fija instalaciones del Sistema de Transmisión Troncal, el Área de Influencia Común, el Valor Anual de Transmisión por Tramo y sus componentes con sus fórmulas de indexación para el cuadrienio 2011-2014;

  8. Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 8T, de 17 de marzo de 2015, del Ministerio de Energía, que extiende vigencia del decreto supremo Nº 61 de 2011, que Fija instalaciones del Sistema de Transmisión Troncal, el Área de Influencia Común, el Valor Anual de Transmisión por Tramo y sus componentes con sus fórmulas de indexación para el cuadrienio 2011-2014;

  9. El decreto exento Nº 158, de 16 de abril de 2015, del Ministerio de Energía, que fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal para los 12 meses siguientes, periodo 2014 - 2015;

  10. La resolución exenta Nº 800, de 17 de diciembre de 2013, de la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la "Comisión", que "Aprueba Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización del Estudio de Transmisión Troncal";

  11. La resolución exenta Nº 316, de 19 de junio de 2015, de la Comisión, que Aprueba Informe Técnico para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019;

  12. La resolución exenta Nº 338, de 3 de julio de 2015, de la Comisión, que dispone publicación de antecedente que indica asociado a Informe Técnico para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019;

  13. La resolución exenta Nº 390, de 31 de julio de 2015, de la Comisión, que Aprueba Informe Técnico para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019;

  14. El dictamen Nº 6-2015 emitido por el Panel de Expertos, de fecha 20 de octubre de 2015;

  15. Lo informado por la Comisión en sus oficios CNE OF. ORD. Nº 520/2015, de fecha 10 de noviembre de 2015, CNE OF. ORD. Nº 548/2015, de fecha 24 de noviembre de 2015 y CNE OF. ORD. Nº 31, de fecha 19 de enero de 2016; y

  16. Lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  17. Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 92º de la Ley, el Ministerio de Energía mediante decreto y sobre la base de los documentos y antecedentes aportados por la Comisión, debe fijar las instalaciones del sistema de transmisión troncal y las demás materias señaladas en la letra a) del artículo 91º del mismo cuerpo legal;

  18. Que, la Comisión mediante la resolución exenta Nº 800, de 17 de diciembre de 2013, aprobó las Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización del Estudio de Transmisión Troncal;

  19. Que, concluida la realización del estudio señalado en el considerando precedente y habiéndose recibido las observaciones de los participantes y de los usuarios e instituciones interesadas con posterioridad a la realización de la audiencia pública mandatada en el artículo 90º de la Ley, la Comisión procedió a dictar la resolución exenta Nº 316, de 19 de junio de 2015, mediante la cual aprobó el Informe Técnico para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019;

  20. Que, sin perjuicio de lo anterior, la Comisión mediante la resolución exenta Nº 338, de 3 de julio de 2015, dispuso la publicación del "Estudio de Valorización y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal y Subtransmisión", en su sitio web, como antecedente necesario para permitir la plena reproducción de los resultados del Informe Técnico para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019;

  21. Que, la Comisión revisó de oficio el Informe Técnico señalado en el considerando tercero y en cumplimiento del artículo 62 de la Ley Nº 19.880, procedió a subsanar el mencionado informe y a considerar las observaciones de los participantes y de los usuarios e instituciones interesadas;

  22. Que, en razón de lo expuesto, la Comisión procedió a elaborar un nuevo Informe Técnico para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019, el que fue aprobado mediante Resolución Exenta Nº 390, de 31 de julio de 2015;

  23. Que, mediante el oficio CNE OF. ORD. Nº 548/2015, de fecha 24 de noviembre de 2015, la Comisión remitió al Ministerio de Energía la Resolución Exenta Nº 616, de fecha 24 de noviembre de 2015, de la Comisión, que aprueba el Informe Técnico Definitivo para la Determinación del Valor Anual y Expansión de los Sistemas de Transmisión Troncal Cuadrienio 2016-2019, informe que incorporó lo dictaminado por el Panel de Expertos en su dictamen Nº 6-2015, de fecha 20 de octubre de 2015, y dejó sin efecto la Resolución Exenta Nº 597, de fecha 10 de noviembre de 2015, de la Comisión;

  24. Que, mediante el oficio CNE OF. ORD. Nº 31, de fecha 19 de enero de 2016, la Comisión remitió al Ministerio de Energía la Resolución Exenta Nº 30 de fecha 19 de enero de 2016, que rectifica el informe técnico señalado en el considerando anterior;

  25. Que, se debe dar curso progresivo al proceso de fijación de las instalaciones que integran los sistemas de transmisión troncal, el área de influencia común, el valor anual de transmisión por tramo, la anualidad del valor de inversión del tramo y el costo anual de operación, mantenimiento y administración de las respectivas instalaciones.

    Decreto:

Artículo Primero

Fíjanse las instalaciones de cada sistema de transmisión troncal, el área de influencia común, en adelante e indistintamente "AIC" y el valor anual de transmisión por tramo, en adelante "VATT", la anualidad del valor de inversión del tramo, en adelante "A.V.I.", y el costo anual de operación, mantenimiento y administración del tramo respectivo, en adelante "COMA", de dichas instalaciones, con sus fórmulas de indexación, para el cuadrienio 2016-2019, de acuerdo a lo que a continuación se indica.

  1. IDENTIFICACIÓN DE LOS TRAMOS TRONCALES Y ÁREA DE INFLUENCIA COMÚN

    Producto de la interconexión entre el SIC y el SING, el AIC debe modificarse cuando entre en operación el tramo Los Changos - Kapatur 220 kV, de acuerdo a lo indicado en el decreto exento Nº 158, de 16 de abril de 2015, del Ministerio de Energía, que fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal para los 12 meses siguientes. Cuando esto ocurra, el Área de Influencia Común pasará a ser la siguiente:

  2. VALOR ANUAL POR TRAMO DE LOS SISTEMAS TRONCALES

    En el caso de los tramos que hayan sido adjudicados mediante licitaciones de obras nuevas del sistema troncal, los valores que se muestran en la precedente Tabla 3 para ellos, corresponden a la asignación de elementos comunes del sistema troncal y de subestaciones, por lo que el VATT a aplicar será el indicado en sus respectivos decretos de adjudicación, más lo establecido en la tabla precedente.

    2.1. LABORES DE AMPLIACIÓN Y FÓRMULAS DE INDEXACIÓN

    De acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta Nº 800, de 17 de diciembre de 2013, de la Comisión Nacional de Energía, que "Aprueba Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización del Estudio de Transmisión Troncal", para la determinación del valor de inversión, en adelante "V.I.", de las instalaciones identificadas como pertenecientes al sistema de transmisión troncal inicial y que fueron objeto de ampliaciones de acuerdo...

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