Decreto núm. 196, publicado el 28 de Octubre de 2014. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SEMBCORP AGUAS LAMPA S.A. (ANTES SERVILAMPA S.A.) - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 540964814

Decreto núm. 196, publicado el 28 de Octubre de 2014. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SEMBCORP AGUAS LAMPA S.A. (ANTES SERVILAMPA S.A.)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SEMBCORP AGUAS LAMPA S.A. (ANTES SERVILAMPA S.A.)

Núm. 196.- Santiago, 26 de agosto de 2014.- Vistos:

  1. - El DFL Nº70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente "DFL MOP Nº 70/88";

  2. - La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante e indistintamente la Superintendencia o SISS);

  3. - La ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;

  4. - El decreto supremo Nº 453, del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente el "Reglamento";

  5. - El artículo 100º del decreto supremo Nº 1.199, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente "DS MOP Nº 1.199/04";

  6. - El decreto supremo Nº 140, de 8 de mayo de 2009, que fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas de las concesiones que explota la empresa Sembcorp Aguas Lampa S.A. (antes Servilampa S.A.) del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

  7. - Presentación de discrepancias de la empresa Sembcorp Aguas Lampa S.A. de fecha 6 de febrero de 2014;

  8. - Resoluciones SISS Nº 788, de fecha 6 de marzo; Nº 880, de fecha 13 de marzo; Nº 1.195 y Nº 1.198, ambas de fecha 3 de abril, todas del año 2014, a través de las cuales se designa y convoca a la Comisión de Expertos dentro del Proceso Tarifario de Sembcorp Aguas Lampa S.A., período 2014 - 2019;

  9. - Dictamen de la Comisión de Expertos que resuelve las discrepancias del Proceso Tarifario de Sembcorp Aguas Lampa S.A., período 2014 - 2019, de fecha 19 de mayo de 2014;

  10. - El estudio tarifario definitivo realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  11. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  12. - Que en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

  13. - Que el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios de la empresa Sembcorp Aguas Lampa S.A., correspondientes al quinquenio 2014-2019, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;

  14. - Que en dicho procedimiento la empresa Sembcorp Aguas Lampa S.A. hizo valer, en tiempo y forma, discrepancias a determinados parámetros del estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios;

  15. - Que las discrepancias se resolvieron, legalmente, mediante dictamen de una Comisión de Expertos que se convocó, constituyó, sesionó y dirimió de conformidad con la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios y Reglamentos pertinentes, según consta en dictamen de fecha 19 de mayo de 2014;

  16. - Que el pronunciamiento de la Comisión de Expertos fue informado en Acto Público de fecha 19 de mayo de 2014, y tiene legalmente el carácter de definitivo y obligatorio para ambas partes;

  17. - Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas de la empresa Sembcorp Aguas Lampa S.A., en adelante la empresa, en los siguientes términos:

  18. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. Definición de las Fórmulas Tarifarias

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF x IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 x IN2 + CV4 x IN5

    1.1.3. Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

    CVAPP = CV2 x IN3 + CV5 x IN6

    1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2

    CVAPP2 = CV3 x IN4 + CV6 x IN7

    1.1.5. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL

    CVAL = CV7 x IN8 + CV8 x IN9

    1.2. Definición y Valores de los Cargos Tarifarios

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2012, son los indicados a continuación:

    1.3. Polinomios de Indexación

    Se define IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16, IN17 e IN18, como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai * IIPC + bi * IIPBI + ci * IIPPI

    donde:

    IIPC : Índice del Índice de Precios al Consumidor, o el que lo

    reemplace, calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el

    Índice de Precios al Consumidor, publicado por el INE e

    IPCo el correspondiente a diciembre de 2012,

    IPCo = 108,61 (Base, anual 2009=100).

    IIPBI: Índice del Índice de Precios de Bienes Importados Sector

    Manufacturero, o el que lo reemplace, calculado como

    IPBI/IPBIo, en que IPBI es el Índice de...

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