Decreto núm. 1790, publicado el 04 de Diciembre de 2014. APRUEBA MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL MECANISMO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES, CREADO POR LA LEY Nº 20.765, APROBADO POR DECRETO Nº 1.119, DE 2014 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 547378634

Decreto núm. 1790, publicado el 04 de Diciembre de 2014. APRUEBA MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL MECANISMO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES, CREADO POR LA LEY Nº 20.765, APROBADO POR DECRETO Nº 1.119, DE 2014

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL MECANISMO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES, CREADO POR LA LEY Nº 20.765, APROBADO POR DECRETO Nº 1.119, DE 2014

Núm. 1.790.- Santiago, 7 de noviembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 326 y 35, de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley Nº 20.765, que crea un Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles; en la Ley Nº 20.794 que extiende la cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la ley Nº 20.765; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado a firmar "Por orden del Presidente de la República" y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

  1. Que, la Ley Nº 20.794 extiende la cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles creado por la ley Nº 20.765;

  2. Que es necesario adecuar la normativa reglamentaria contenida en el decreto supremo Nº 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, a fin de que sea consistente con la extensión de cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, y

  3. Que para que opere la extensión de cobertura se requiere reglamentación complementaria que permita su adecuada implementación.

Decreto:

Artículo único

Apruébanse las siguientes modificaciones al decreto Nº 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley Nº 20.765, que crea un Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles:

  1. Intercálase en el literal a) del artículo 1º, entre las palabras "gasolina" y "que" la siguiente expresión "independiente de su octanaje, que se encuentre gravada en su primera venta o importación con el impuesto específico establecido en la ley Nº 18.502, y".

  2. Agrégase el siguiente artículo 3º bis nuevo:

    "Artículo 3º bis.- En el caso de las gasolinas automotrices, los precios de referencia y paridad señalados en los artículos 2º y 3º del presente reglamento, se determinarán para aquellas que tengan un precio representativo de un mercado internacional relevante. La determinación de la existencia de un precio representativo en un mercado internacional relevante...

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