Decreto núm. 1501, publicado el 31 de Enero de 2017. REGLAMENTA ACTIVIDADES O SECTORES DE CONTRIBUYENTES SUJETOS A LA EXIGENCIA DE IMPLEMENTAR SISTEMAS TECNOLÓGICOS DE INFORMACIÓN QUE PERMITAN EL DEBIDO CONTROL TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 60 TER DEL ARTÍCULO 1 DEL DL Nº 830, SOBRE CÓDIGO TRIBUTARIO, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DE 1974 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 663674777

Decreto núm. 1501, publicado el 31 de Enero de 2017. REGLAMENTA ACTIVIDADES O SECTORES DE CONTRIBUYENTES SUJETOS A LA EXIGENCIA DE IMPLEMENTAR SISTEMAS TECNOLÓGICOS DE INFORMACIÓN QUE PERMITAN EL DEBIDO CONTROL TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 60 TER DEL ARTÍCULO 1 DEL DL Nº 830, SOBRE CÓDIGO TRIBUTARIO, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DE 1974

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTA ACTIVIDADES O SECTORES DE CONTRIBUYENTES SUJETOS A LA EXIGENCIA DE IMPLEMENTAR SISTEMAS TECNOLÓGICOS DE INFORMACIÓN QUE PERMITAN EL DEBIDO CONTROL TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 60 TER DEL ARTÍCULO 1 DEL DL Nº 830, SOBRE CÓDIGO TRIBUTARIO, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, DE 1974

Núm. 1.501.- Santiago, 7 de noviembre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 1º y 3º del DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley Nº 19.880 sobre base de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, el artículo 10 de la Ley Nº 20.780 sobre Reforma Tributaria, el artículo 3 numeral 6 de la ley 20.899 que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones tributarias, que incorporan al artículo 1 del decreto ley Nº 830, sobre Código Tributario, un nuevo artículo 60 ter que establece que el Servicio de Impuestos Internos podrá autorizar o exigir la utilización de sistemas tecnológicos de información que permitan el debido control tributario de ciertos sectores de contribuyentes o actividades tales como juegos y apuestas electrónicas, comercio digital de todo tipo, aplicaciones y servicios digitales y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, la Ley Nº 20.780, de Reforma Tributaria, que modifica el sistema de tributación de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario, incorporó el nuevo artículo 60 ter del decreto ley Nº 830, de 1974, en adelante "Código Tributario", que contempla la autorización o exigencia de Sistemas Tecnológicos de información que permitan el debido control tributario de ciertos sectores de contribuyentes o actividades, las que podrán llevar a juicio del Servicio, una identificación en papel o en medios electrónicos, según proceda.

  2. Que, la ley Nº 20.899 que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones tributarias, incorporó un ajuste al nuevo artículo 60 ter del Código Tributario, especificando que tal facultad no se podrá ejercer respecto de aquellos contribuyentes que refieren los artículos 14 ter letra A y 22 de la Ley...

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