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Decreto núm. 15, publicado el 09 de Noviembre de 2018. CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DENOMINADA 'PANEL DE EXPERTOS PARA LA ENCUESTA DE CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA NACIONAL 2019'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DENOMINADA "PANEL DE EXPERTOS PARA LA ENCUESTA DE CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA NACIONAL 2019"

Santiago, 9 de octubre de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 15.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32º número y 35º de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica los cuerpos legales que se indica; en el decreto supremo Nº15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba el Reglamento del artículo 4 de la ley Nº 20.530 sobre la estructura organizativa interna del Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 1º, apartado I, Nº 21 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

Que el Ministerio de Desarrollo Social es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes, y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

Que la ley Nº 20.530 en su artículo letra e) señala que el Ministerio de Desarrollo Social debe "Analizar de manera periódica la realidad social, nacional y regional, de modo de detectar las necesidades sociales de la población e informarlas al Comité Interministerial de Desarrollo Social".

Asimismo, le corresponde al Ministerio estudiar y proponer las metodologías que utilizará en la recolección y procesamiento de información para la entrega de encuestas sociales y otros indicadores, en materias de su competencia, según lo establecido en la letra w) del artículo de la ley Nº 20.530.

Que, en el marco de las atribuciones antedichas, este Ministerio realiza la Encuesta de...

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