Decreto núm. 119, publicado el 27 de Noviembre de 2020. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO Nº 333, DE 2011, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ANTECEDENTES DE QUE DISPONGA EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DE LOS DEUDORES DE CRÉDITO UNIVERSITARIO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 852366905

Decreto núm. 119, publicado el 27 de Noviembre de 2020. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO Nº 333, DE 2011, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ANTECEDENTES DE QUE DISPONGA EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DE LOS DEUDORES DE CRÉDITO UNIVERSITARIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA EL DECRETO SUPREMO Nº 333, DE 2011, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ANTECEDENTES DE QUE DISPONGA EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DE LOS DEUDORES DE CRÉDITO UNIVERSITARIO

Núm. 119.- Santiago, 31 de agosto de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 6, y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.287, que modifica ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de crédito universitario; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal de la Subsecretaría de Educación Superior, determina la fecha de entrada en funcionamiento y regula otras materias a que se refiere el artículo sexto transitorio de la ley Nº 21.091; en el decreto supremo Nº 333, de 2011, del Ministerio de Educación, reglamento que fija procedimiento para solicitar antecedentes de que disponga el Servicio de Impuestos Internos de los deudores de crédito universitario; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.956, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo chileno.

Que, la ley Nº 21.091 creó la Subsecretaría de Educación Superior, la que está a cargo del Subsecretario de Educación Superior. La referida Subsecretaría tiene dentro de sus funciones proponer al Ministro de Educación una estrategia para el desarrollo de la educación superior, así como también políticas en materia de educación superior y políticas que promuevan el acceso e inclusión, permanencia y titulación o graduación oportuna de estudiantes de educación superior, entre otras funciones.

Que, la ley Nº 19.287, modificó la ley Nº 18.591 y estableció normas sobre fondos solidarios de crédito...

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