Decreto núm. 119, publicado el 21 de Noviembre de 2015. PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL PARA IMPLEMENTAR Y HACER OPERATIVO EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, PARA EL ESTABLECIMIENTO EN ANTOFAGASTA DE UN DEPÓSITO FRANCO Y ZONA FRANCA PARA LAS MERCADERÍAS EXPORTADAS O IMPORTADAS POR EL PARAGUAY, DEL 19 DE AGOSTO DE 1968 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 587931402

Decreto núm. 119, publicado el 21 de Noviembre de 2015. PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL PARA IMPLEMENTAR Y HACER OPERATIVO EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, PARA EL ESTABLECIMIENTO EN ANTOFAGASTA DE UN DEPÓSITO FRANCO Y ZONA FRANCA PARA LAS MERCADERÍAS EXPORTADAS O IMPORTADAS POR EL PARAGUAY, DEL 19 DE AGOSTO DE 1968

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE ALTO NIVEL PARA IMPLEMENTAR Y HACER OPERATIVO EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, PARA EL ESTABLECIMIENTO EN ANTOFAGASTA DE UN DEPÓSITO FRANCO Y ZONA FRANCA PARA LAS MERCADERÍAS EXPORTADAS O IMPORTADAS POR EL PARAGUAY, DEL 19 DE AGOSTO DE 1968

Núm. 119.- Santiago, 26 de agosto de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 21 de agosto de 2015, las Repúblicas de Chile y Paraguay suscribieron, en ciudad de Asunción, el Memorándum de Entendimiento por el que se Crea la Comisión de Alto Nivel para Implementar y Hacer Operativo el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Paraguay, para el Establecimiento en Antofagasta de un Depósito Franco y Zona Franca para las Mercaderías Exportadas o Importadas por el Paraguay, del 19 de agosto de 1968.

Que dicho Memorándum de Entendimiento se adoptó en el Marco del Convenio para el Establecimiento en Antofagasta de un Depósito Franco y Zona Franca para las Mercaderías Exportadas o Importadas por el Paraguay, del 19 de agosto de 1968, publicado en el Diario Oficial de 20 de febrero de 1970.

Que de conformidad a lo previsto en el Artículo VI del aludido Memorándum de Entendimiento, éste entró en vigor el 21 de agosto de 2015.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Memorándum de Entendimiento entre la República de Chile y la República del Paraguay por el que se Crea la Comisión de Alto Nivel para Implementar y Hacer Operativo el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Paraguay, para el Establecimiento en Antofagasta de un Depósito Franco y Zona Franca para las Mercaderías Exportadas o Importadas por el Paraguay, del 19 de agosto de 1968, suscrito en ciudad de Asunción, el 21 de agosto de 2015; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US., para su conocimiento, Gustavo Oyares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

MEMORÁNDUM...

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