Decreto 3000 - APRUEBA ORDENANZA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA - MUNICIPALIDAD DE LA SERENA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239423798

Decreto 3000 - APRUEBA ORDENANZA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN ARBITRARIA

Núm. 3.000/09.- La Serena, 24 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, artículos 1, 5, 6 y 19; en diferentes disposiciones del Código Civil y de los códigos y leyes chilenos; en las convenciones, pactos y tratados internacionales, como Naciones Unidas, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Pacto de Derechos Económicos, Sociales Culturales, Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer; Convención sobre los Derechos del Niño y otros documentos de igual valía;

Considerando:

Que Chile es una República democrática, basada en el respeto a las personas, a su dignidad y a sus derechos fundamentales, cuyos principios y compromisos deben ser acatados y cumplidos por todos sus integrantes, entre ellos los gobiernos regionales, provinciales y comunales, constituyendo estos últimos la base fundamental de su estructura administrativa. Que no obstante lo expuesto, existen diversas realidades de personas o grupos que si bien aportan al desarrollo local, forman un todo diverso que debe vivir en armonía y comunión.

Teniendo, además, presente el acuerdo del Concejo Comunal de La Serena, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 755, de fecha 12 de agosto de 2009, y en ejercicio de las facultades que me otorga la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, del año 1988,

Decreto:

  1. - Apruébese la siguiente Ordenanza contra la Discriminación Arbitraria:

TÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 8
Artículo 1º

Esta Ordenanza tiene como objeto contribuir a erradicar cualquier forma de discriminación negativa y arbitraria, reconociendo que en nuestra comuna existen diversas realidades de personas o grupos de personas que conforman un todo humano diverso que aportan al desarrollo local y que deben vivir en armonía e integración, entre sí y con los demás miembros de la comunidad, respetándose recíprocamente.

Artículo 2º

Se entiende por discriminación arbitraria a toda forma injustificada o ilegítima de distinción, exclusión, restricción o preferencia cometida por agentes municipales o particulares, que prive, perturbe, amenace o menoscabe el ejercicio...

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