Decreto núm. 1629, publicado el 04 de Diciembre de 1997. PROMULGA EL CONVENIO CON GUATEMALA PARA LA CREACION DE UNA COMISION BINACIONAL CHILENO-GUATEMALTECA DE COOPERACION BILATERAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL CONVENIO CON GUATEMALA PARA LA CREACION DE UNA COMISION BINACIONAL CHILENO-GUATEMALTECA DE COOPERACION BILATERAL
Núm. 1.629.- Santiago, de 1 de octubre de 1997.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 18 de mayo de 1995 los Gobiernos de la República de Chile y de la República de Guatemala suscribieron, en Santiago, el Convenio para la Creación de una Comisión Binacional Chileno-Guatemalteca de Cooperación Bilateral.
Que dicho Convenio fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 11.572, de 9 de septiembre de 1997, del Honorable Senado.
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo V del mencionado Convenio.
D e c r e t o:
Promúlgase el Convenio para la Creación de una Comisión Binacional Chileno-Guatemalteca de Cooperación Bilateral, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala el 18 de mayo de 1995; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Embajador Director General Administrativo.
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PARA LA CREACION DE UNA COMISION BINACIONAL CHILENO-GUATEMALTECA DE COOPERACION BILATERAL
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala, en adelante las Partes, Con el propósito de consolidar y desarrollar la Cooperación Económica, Comercial, Financiera, Educacional, Científica, Técnica, Energética, Cultural, Turística y de Transporte Aéreo, en materia de Combate al Narcotráfico Internacional y otras áreas que permitan ampliar la agenda bilateral entre ambos países y tomando como la base el beneficio mutuo,
Han acordado lo siguiente:
Las Partes crearán una Comisión Binacional destinada a fomentar la Cooperación Económica, Comercial, Financiera, Educacional, Científica, Técnica, Energética, Cultural, Turística y de Transporte Aéreo, en materia de Combate al Narcotráfico Internacional y otras áreas que permitan ampliar la agenda bilateral, en adelante denominada "Comisión Binacional".
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