Decreto 216 EXENTO - MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456901858

Decreto 216 EXENTO - MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 3 de Abril de 2009

MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 4 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 216 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley N°1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. La resolución exenta, N°308 de 2000, modificada por resolución exenta N°81, de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz. al Servicio Público de Telefonía Móvil.

  5. Los Decretos Supremos N°657 y N°658, ambos de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgan las concesiones.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°44.200 de 11.09.2008.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, cuya actual titular es Telefónica Móviles Chile S.A., R.U.T. N°87.845.500-2, con domicilio en Av. El Bosque Sur N°90, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar tres (3) Estaciones Base, según se indica a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 03.04.2009, PAGINA 20.

      Las Estaciones Base se conectarán a la red existente, a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación.

      VER DIARIO OFICIAL DE...

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