Decreto núm. 99, publicado el 06 de Julio de 1988. MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALAMA EN CONFORMIDAD SECCIONAL FINCA SAN JUAN, MIRAFLORES Y OTROS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALAMA EN CONFORMIDAD SECCIONAL FINCA SAN JUAN, MIRAFLORES Y OTROS
Santiago, 07 de Junio de 1988.- Hoy se decretó lo siguiente:
Núm. 99.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2º y 9º de la Ley No. 16.391 y 12 letra i) del DL No. 1.305 de 1976; los artículos 44, 45 y 46 del DFL No. 458, (V. y U.) de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 550 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el Decreto Alcaldicio General No. 325, de 26 de Noviembre de 1987, de la I. Municipalidad de Calama; y, los antecedentes que se acompañan
Decreto:
Modifícase el Plan Regulador Comunal de Calama, aprobado por DS No. 222 (V. y U.), de 22 de Octubre de 1981, publicado en el Diario Oficial de 29 de Diciembre de 1981, en el sentido de establecer nueva zonificación, usos de suelo, condiciones de subdivisión predial y de edificación, trazados viales y líneas oficiales, en el área delimitada por la línea poligonal I - II - III - IV - V - VI - VII - VIII - IX - XXI - XII - XIII - I, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Especial y en el Plano PS-2, denominado "Plan Seccional Finca San Juan, Miraflores y otros", confeccionado a escala 1:1.000, documentos que por el presente decreto se aprueban.
El texto de la Ordenanza Especial que se aprueba en el artículo anterior es el siguiente:
Las disposiciones de la presente Ordenanza contienen las Normas referentes a uso de suelo, edificación, y urbanización que regirán en el área territorial del Plan, definida por la línea poligonal I - II - III - IV - V - VI - VII - VIII - IX - X - XI - XII - XIII y I graficada en el plano PS-2 denominado "Plan Seccional Finca San Juan Miraflores y Otros" y que complementan la información gráfica contenida en él.
Todas aquellas materias atinentes al desarrollo urbano que no se encontraren normadas en esta Ordenanza, se regir n por las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
La zonificación y usos de suelo que se establece en el presente Plan Seccional es la siguiente:
ZONA A
-
Usos Permitidos :- Vivienda
- Equipamiento de escala comunal
y vecinal de educación, salud,
comercio minorista, servicios
profesionales, servicios
públicos, servicios
artesanales, organización
comunitaria, culto y áreas
verdes.
-
Usos Prohibidos : Todos los no mencionados como
permitidos, especialmente
industrias inofensiva,
molesta...
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