Decreto núm. 4, publicado el 24 de Febrero de 1998. PROMULGA EL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA CON ARGENTINA Nº 16, SOBRE 'NORMAS QUE REGULAN LA INTERCONEXION ELECTRICA Y EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA' - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471218034

Decreto núm. 4, publicado el 24 de Febrero de 1998. PROMULGA EL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA CON ARGENTINA Nº 16, SOBRE 'NORMAS QUE REGULAN LA INTERCONEXION ELECTRICA Y EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA CON ARGENTINA Nº 16, SOBRE "NORMAS QUE REGULAN LA INTERCONEXION ELECTRICA Y EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA"

Núm. 4.- Santiago, 2 de enero de 1998.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República,

Considerando:

Que por Decreto Supremo Nº 568, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de 24 de agosto de 1981, fue promulgado el Tratado de Montevideo 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

Que la Resolución Nº 2, de 12 de agosto de 1980, del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de ALADI, publicada en el Diario Oficial de 23 de febrero de 1981, estableció normas básicas y de procedimientos que regulan la celebración de Acuerdos de alcance parcial en los que no participa la totalidad de los miembros del Tratado de Montevideo 1980.

Que con fecha 29 de diciembre de 1997 los Gobiernos de la República de Chile y de la República Argentina suscribieron en Antofagasta, Chile, y San Juan, Argentina, el Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 16, publicado en el Diario Oficial de 4 de abril de 1992, sobre "Normas que Regulan la Interconexión Eléctrica y el Suministro de Energía Eléctrica entre la República de Chile y la República de Argentina."

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica con Argentina Nº 16, sobre "Normas que Regulan la Interconexión Eléctrica y el Suministro de Energía Eléctrica entre la República de Chile y la República de Argentina", suscrito entre los Gobiernos de ambos países el 29 de diciembre de 1997; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Manuel Hinojosa Muñoz, Consejero, Director General Administrativo Subrogante.

PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 16 ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA

SOBRE

NORMAS QUE REGULAN LA INTERCONEXION ELECTRICA Y EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA ARGENTINA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina, en adelante las Partes, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 16 (ACE 16), suscrito el 2 de agosto de 1991, y considerando los propósitos contenidos en la Declaración Conjunta de los Presidentes de la República de Chile y de la República Argentina de 8 de agosto de 1997 acuerdan:

ARTICULO I

Cada Parte fomentará y alentará un régimen jurídico interno que permita a las personas naturales y jurídicas, la libre comercialización, exportación, importación y transporte de energía eléctrica entre la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR