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Circular núm. 35, publicada el 20 de Junio de 2008. INDICA CASOS ESPECIALES DE ACCIONES QUE SE PUEDEN ACOGER AL ARTÍCULO 18 TER DE LA LEY DE LA RENTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyCircular

INDICA CASOS ESPECIALES DE ACCIONES QUE SE PUEDEN ACOGER AL ARTÍCULO 18 TER DE LA LEY DE LA RENTA

Extracto de circular del Servicio de Impuestos Internos Nº 35 de fecha 16 de junio de 2008, mediante la cual se precisan las acciones que se pueden acoger al régimen preferencial que establece el artículo 18 ter de la Ley de Impuesto a la Renta, considerando el lugar de constitución de la sociedad emisora, que provengan de canje emitidas en fusión de sociedades o que se pagan con activos distintos a dinero.

El texto íntegro de esta circular está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el boletín del SII en junio de 2008.

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