Decreto 2 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO TALCA - CHILLÁN' Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 3 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 333813058

Decreto 2 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO TALCA - CHILLÁN' Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 3

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor19 de Noviembre de 2011

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO TALCA - CHILLÁN" Y APRUEBA CONVENIO AD - REFERÉNDUM Nº 3

Núm. 2.- Santiago, 4 de enero de 2011.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19°.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones, en especial su artículo 69°.

- El decreto supremo MOP Nº 21, de fecha 12 de enero de 1996, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los Kms. 221,490 y 413,800, de la Ruta 5 Sur, denominadas "Concesión Ruta 5 Tramo Talca - Chillán".

- El decreto supremo MOP Nº 602, de 16 de julio de 2004, que aprobó el Convenio Complementario Nº 5, de fecha 19 de diciembre de 2003, que modificó el contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Ruta 5 Tramo Talca - Chillán".

- La Carta IF 5318/05, de fecha 5 de abril de 2005, de la Sociedad Concesionaria.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 1.356, de fecha 16 de mayo de 2005.

- El Ord. Nº 173, de fecha 13 de febrero de 2008, rectificado por Ord. Nº 299, de fecha 3 de abril de 2008, ambos del Director General de Obras Públicas.

- El oficio Nº 16.051, de fecha 10 de abril de 2008, de la Contraloría General de la República.

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

- Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 69º Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

- Que el Ministerio de Obras Públicas estimó de interés público y urgencia incorporar al contrato de concesión el servicio de suministro, mantención y operación de la iluminación de las Áreas de Servicios de Control, ubicadas en San Rafael y Ñuble, de modo de mejorar la seguridad de los usuarios.

- Que, por las razones de interés público y urgencia señaladas en el Considerando anterior, mediante resolución DGOP (exenta) Nº 1.356, de fecha 16 de mayo de 2005, el Ministerio de Obras Públicas modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Ruta 5 Tramo Talca - Chillán", en el sentido que "Talca Chillán Sociedad Concesionaria S.A." debía ejecutar las inversiones y gastos para la construcción de las obras adicionales necesarias para la incorporación al contrato de concesión del servicio de suministro, mantención y operación de la iluminación de las Áreas de Servicios de Control, ubicadas en San Rafael y Ñuble. Asimismo, la Sociedad Concesionaria ejecutaría los trabajos necesarios para independizar los sistemas de energía eléctrica externa de la que utiliza Carabineros de Chile al interior del edificio de control. En la citada resolución, se dispuso que sería de cargo y responsabilidad de "Talca Chillán Sociedad Concesionaria S.A." el pago de todos los consumos eléctricos facturados hasta la fecha de la citada resolución y, mensualmente, en adelante, debía concurrir al pago oportuno de tal consumo.

- Que las modificaciones de las características de las obras y servicios del contrato de concesión, dispuestas mediante resolución DGOP (exenta) Nº 1.356, involucran para la Sociedad Concesionaria mayores gastos e inversiones, lo que de conformidad con las disposiciones legales citadas, obliga al MOP a compensarla, acordando con ella las indemnizaciones necesarias para restablecer el equilibrio económico y financiero del contrato, de manera de no comprometer su buen desarrollo y término. Para tal efecto, las partes han suscrito el Convenio Ad - Referéndum Nº 3, de fecha 15 de diciembre de 2010.

- Que, atendido el cambio de criterio manifestado por la Contraloría General de la República, en orden al modo de implementar las modificaciones a las características de las obras y servicios de un contrato de concesión de obra pública, mediante Ord. Nº 173, de fecha 13 de febrero de 2008, rectificado por Ord. Nº 299, de fecha 3 de abril de 2008, el Director General de Obras Públicas propuso al Contralor General de la República una metodología de aplicación de los artículos 19º y 20º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º Nº 4 de su Reglamento.

- Que, por oficio Nº 16.051, de fecha 10 de abril de 2008, la Contraloría General de la República informó al Director General de Obras Públicas que no advertía observaciones que formular respecto del procedimiento planteado, en tanto se corresponde con las disposiciones legales aplicables.

- Que con el objetivo de dar cumplimiento a la metodología planteada y a lo indicado en los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, se hace necesaria la dictación del presente decreto supremo, que modifica las características de las obras y servicios del contrato de concesión en los términos señalados en la resolución DGOP (exenta) Nº 1.356, de fecha 16 de mayo de 2005, y aprueba el Convenio Ad - Referéndum Nº 3, de fecha 15 de diciembre de 2010.

Decreto:

  1. Modifícanse, por razones...

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