Decreto núm. 207, publicado el 23 de Mayo de 2014. NOMBRA EN CARÁCTER DE TRANSITORIO Y PROVISIONAL A DON CRISTIAN ALFONSO ROJAS GRUZMACHER EN EL CARGO DE VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA DEFENSA NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 512163990

Decreto núm. 207, publicado el 23 de Mayo de 2014. NOMBRA EN CARÁCTER DE TRANSITORIO Y PROVISIONAL A DON CRISTIAN ALFONSO ROJAS GRUZMACHER EN EL CARGO DE VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA DEFENSA NACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

NOMBRA EN CARÁCTER DE TRANSITORIO Y PROVISIONAL A DON CRISTIAN ALFONSO ROJAS GRUZMACHER EN EL CARGO DE VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA DEFENSA NACIONAL

Santiago, 14 de marzo de 2014.- Con esta fecha S.E. ha decretado lo siguiente:

Núm. 207.- Vistos: La Constitución Política de la República de Chile (Art. 32 Nº 10); ley Nº 19.882; el DFL (H) Nº 29, de 2004; el DFL (H) Nº 48, de 2003; el DFL (G) Nº 31, de 1953; el DS (H) Nº 86, de 2007; el DS (MDN) Nº 206, de 2014; la resolución 1.600, de 30.Oct.2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando: Que conforme a lo preceptuado en el artículo quincuagésimo noveno de la ley Nº 19.882, de haber cargos de alta dirección vacantes, cualquiera sea el número de los que se encuentren en esta condición, la autoridad facultada para hacer el nombramiento podrá proveerlos transitoria y provisoriamente, en tanto se efectúe el proceso de selección pertinente, con personas que cumplan con los requisitos legales y los perfiles exigidos para desempeñarlos.

Decreto:

  1. Nómbrase en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en carácter de transitorio y provisionalmente, a contar del 14.Mar.2014, al Sr. Rojas Gruzmacher, Cristian Alfonso, RUN Nº 12.018.537-3, en el cargo de Vicepresidente Ejecutivo, en Nivel 1 Gr. 2 EUS, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.

  2. Por razones impostergables de buen servicio el Sr. Rojas deberá asumir sus funciones en forma inmediata, sin esperar la total tramitación del presente decreto supremo.

  3. El Sr. Rojas deberá rendir caución en conformidad al artículo 68 de la ley Nº 10.336.

  4. Cárguese el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto al Subtítulo 21, Ítem 01-001, del presupuesto vigente...

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