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Decreto 759 - CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A 'FUNDACIÓN GAMALIEL', DE SANTIAGO

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 7 de Diciembre de 2012

CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "FUNDACIÓN GAMALIEL", DE SANTIAGO

Santiago, 12 de noviembre de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 759.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en la cuarta disposición transitoria de la Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; los artículos 545 y siguientes del Código Civil; los artículos 25, 28 y 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones; el decreto Nº 924, de 1981, del Ministerio de Justicia, que se refiere a las materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y lo informado por la Intendencia de la Región Metropolitana y por el Consejo de Defensa del Estado.

Considerando:

  1. - Que a la entidad denominada "Fundación Gamaliel", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, se le concedió personalidad jurídica por decreto supremo Nº 657, de 28 de julio de 1999, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, y sus modificaciones, dispuso un procedimiento de fiscalización a dicha entidad.

  3. - Que mediante providencia Nº 8702, de 16 de noviembre de 2010, de la Jefa del Departamento de Personas Jurídicas (S), se solicitó a la Intendencia de la Región Metropolitana un informe sobre la marcha general de la entidad.

  4. - Que por medio de oficio Ord. Nº 4.352, de 23 de diciembre de 2010, la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago remitió oficio reservado Nº 702, de 15 de diciembre de 2010, de la Brigada de Investigación Criminal Las Condes, de la Policía de Investigaciones de Chile, el que señala que la entidad no funciona como tal desde su creación, que no cuenta con cuentas corrientes y otros documentos mercantiles, que no ha rendido memorias y balances a la asamblea general de socios, que no tiene juicios en su contra, ni bienes muebles, siendo el único bien conocido de la fundación una propiedad ubicada en la comuna de El Tabo.

  5. - Que mediante oficio Ord. Nº 4.223, de 17 de junio de 2011, de la Subsecretaria de Justicia, se solicitó informe al Consejo de Defensa del Estado, a fin de evaluar la ocurrencia...

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