Decreto 347 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULOS QUE INDICA DE PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO AÑO 2011 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 321653267

Decreto 347 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULOS QUE INDICA DE PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO AÑO 2011

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor30 de Septiembre de 2011

AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULOS QUE INDICA DE PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO AÑO 2011

Núm. 347 exento.- Santiago, 29 de junio de 2011.- Visto: Los decretos exentos Nº 392, de 2009 y Nº 164, de 2010, ambos del Ministerio de Agricultura; el oficio Nº 30.571, de 2011, del Instituto de Desarrollo Agropecuario; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 18.910; el DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de Agricultura; el decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que las Direcciones Regionales del Instituto de Desarrollo Agropecuario requieren que sus Directores Regionales se desplacen a distintos lugares de su jurisdicción para participar regularmente en reuniones, jornadas de capacitación o giras, para realizar actividades con campesinos, autoridades ministeriales, regionales o municipales. Estos eventos se efectúan frecuentemente en lugares apartados en días sábados en la tarde, domingos y festivos, en horarios fuera de la jornada de trabajo.

Que para el eficiente cumplimiento de dichas labores es imprescindible que determinados vehículos del Instituto de Desarrollo Agropecuario de las Direcciones Regionales puedan circular sin restricción en los días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin sujeción a la jornada ordinaria de trabajo.

Que se ha hecho necesario sustituir varios de los vehículos de los Directores Regionales del Instituto de Desarrollo Agropecuario, autorizados por decreto exento Nº 392, de 2009 y Nº 164, de 2010, ambos del Ministerio de Agricultura.

Decreto:

  1. - Autorízase la circulación de los vehículos, propiedad del Instituto de Desarrollo Agropecuario, en algunas Direcciones Regionales, en días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin sujeción a la jornada ordinaria de trabajo, en las labores del Instituto de Desarrollo Agropecuario y se procede a sustituir las letras b), c), d), e), g), i), k), l) y o) del decreto exento Nº 392, de 2009, del Ministerio de Agricultura, por las siguientes:

    b) Station Wagon Nissan X Trail Full 4WD 2.5, año 2010, Nº de motor QR25928937A, color plateado metálico, Inscripción Registro Nacional de Vehículos Motorizados CJFX.39-1, Patente CJFX.39-1, Inventario 4-752-1, se destina a la Dirección de la II Región del Instituto de Desarrollo Agropecuario.

    c)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR