Decreto núm. 77, publicado el 06 de Junio de 1988. APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE MELIPILLA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA PLAN REGULADOR COMUNAL DE MELIPILLA
Santiago, 04 de Mayo de 1988.- Hoy se decretó lo siguiente:
Núm. 77.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 2° y 9° de la Ley No. 16.391 y 12 letra i) del DL No. 1.305 de 1976; los artículos 41 al 44, 53, 54 y 60 del DFL No. 458, (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, el artículo 550 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización; el Decreto Alcaldicio No. 164, de 11 de Junio de 1986, de la I. Municipalidad de Melipilla; y, los antecedentes que se acompañan,
Decreto:
Apruébase el Plan Regulador Comunal de Melipilla, en conformidad a lo indicado en la Memoria Explicativa, el Estudio de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado, la Ordenanza Local y el Plano PR-M1, confeccionado a escala 1: 5000, documentos que por el presente decreto se aprueban.
El texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Melipilla, que por el presente decreto se aprueba, es el siguiente:
La presente Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Melipilla, establece las normas referentes a límite urbano, zonificación, usos de suelo, condiciones de subdivisión predial, de edificación, de urbanización y vialidad, las que regirán dentro del área territorial del Plan, graficadas en el plano P R-N 1 denominado Plan Regulador Comunal de Melipilla, en adelante el "Plano" y que complementan la información gráfica contenida en él.
El área de aplicación del Plan Regulador, corresponde al área urbana, que está comprendida por la línea poligonal cerrada definida por los puntos 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14-15-16-17-18 - 19-20-21-22-23-24-25-26-27-28-29-30 y 1, que delimita y constituye el límite urbano.
La descripción de los puntos y tramos del límite urbano, se señalan en el Artículo 6 de la presente Ordenanza.
En todo lo no previsto expresamente en la presente Ordenanza, regirán las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
En conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponderá a la Dirección de Obras Municipales de Melipilla, la aplicación de las normas de la presente Ordenanza y a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo la supervigilancia de su cumplimiento y la interpretación técnica de ellas.
La inobservancia de estas disposiciones será sancionada de acuerdo a lo previsto en los Artículos 20° al 26° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
El límite urbano del área de aplicación del Plan Regulador establecido en el Artículo 2 de esta Ordenanza, se define de conformidad a la siguiente descripción de la poligonal graficada en el Plano con los puntos 1 al 30.
Punto Descripción del Punto Tramo Descripción
del Punto del Tramo
1 Situado sobre la línea
oficial sur de la futura
Ruta 78, 80 mts. al
oriente del eje de vía
de conexión de futura
Ruta 78 con la ciudad.
2 Situado sobre el límite
norte de la Zona de
Restricción de
Ferrocarriles (Z R 3)
125 mts. al oriente del
eje de vía de conexión
de futura Ruta 78 con
la ciudad. 1-2 Línea recta imaginaria
que une los puntos 1 y 2.
3 Situado sobre el límite
norte de la Zona de
Restricción de
Ferrocarriles (Z R 3)
1.830 m. al oriente de
eje de vía de conexión
de futura Ruta 78 con
la ciudad. 2-3 Límite norte de Zona de
Restricción de
Ferrocarriles entre los
puntos 2 y 3.
4 Situado 570 mts. al sur
sobre la perpendicular
al límite norte de la
Zona de Restricción de
Ferrocarriles que pasa
por el punto 3. 3-4 Línea recta imaginaria
entre los puntos 3 y 4.
5 Situado en línea oficial
poniente de camino El
Bajo, 400 mts. al sur
de eje de Ruta 78 actual
4-5 Línea recta imaginaria
entre los puntos 4 y 5.
6 Situado sobre la línea
oficial poniente del
camino El Bajo 50 mts.
al sur del eje de Ruta
78 actual. 5-6 Línea oficial poniente
del camino El Bajo entre
los puntos 5 y 6.
7 Situado sobre la Línea
paralela al Canal
Puangue (trazada 30 mts.
al sur de éste) 830 mts.
al poniente del punto 6.
6-7 Línea sinuosa entre los
puntos 6 y 7.
8 Situado sobre la
proyección sur de la
línea oficial oriente de
Avda. San Martín 250
mts. al poniente del
punto 7. 7-8 Línea sinuosa entre
puntos 7 y 8.
9 Situado en la
intersección de las
líneas oficiales
poniente y oriente de
Avda. Parque Oriente y
Avda. Egaña
respectivamente. 8-9 Línea sinuosa entre
puntos 8 y 9.
10 Situado en la línea
oficial sur de camino
El Bajo a 520 mts.del
eje del camino a Rapel
medidos sobre la línea
oficial sur de dicho
camino. 9-10 Línea sinuosa entre
puntos 9 y 10.
11 Situado en la
intersección de las
líneas oficiales sur
de camino El Bajo y
línea oficial poniente
de camino a Rapel. 10-11 Línea sinuosa entre los
puntos 10 y 11.
12 Situado sobre la línea
oficial poniente de
camino a Rapel, 800 mts.
al sur del punto 11. 11-12 Línea oficial poniente
de camino a Rapel entre
puntos 11 y 12.
13 Situado sobre la
perpendicular al camino
a Rapel 80 mts. al
poniente, que pasa por
el punto 12. 12-13 Línea recta entre
puntos 12 y 13.
14 Situado en el eje de
la quebrada del Ciruelo
50 mts. al poniente del
camino viejo a Rapel. 13-14 Línea sinuosa paralela
al camino viejo a Rapel
50 mts. al poniente de
éste.
15 Situado en la
intersección de eje de
la quebrada del Ciruelo
con eje de calle Los
Olmos. 14-15 Eje de quebrada del
Ciruelo entre los
puntos 14 y 15.
16 Situado sobre el eje de
calle Las Vertientes
ubicado a 140 mts. al
sur de su encuentro con
el eje de calle Los
Olmos. 15-16 - Línea recta entre los
puntos 15 y 16.
17 Situado en el eje de
calle Los Cardenales a
170 mts. al poniente de
su encuentro de calle
Los Olmos. 16-17 Línea entre los puntos
16 y 17.
18 Ubicado en el eje de
calle Caupolicán en su
encuentro con el eje de
calle Los Copihues. 17-18 Línea recta entre los
puntos 17 y 18.
19 Situado sobre línea
oficial N-P de calle
Carampangue en su
encuentro con eje de
calle Santa Nora. 18-19 Eje de calle Los
Copihues entre los
puntos 18 y 19.
20 Situado sobre la
prolongación de la
línea oficial NP de
calle Carampangue a 80
mts. de su encuentro
con calle Santa Nora
(vértice sur de
cementerio Munic). 19-20 Línea oficial N-P de
calle Carampangue entre
los puntos 19 y 20.
21 Situado en el límite
poniente del Cementerio
Municipal 105 mts. al
norte del punto 20. 20-21 Límite poniente del
Cementerio entre los
puntos 20 y 21.
22 Situado en el límite
N-P de la propiedad
del Cementerio a 130
mts. del punto 21. 21-22 Límite N-P de propiedad
del Cementerio entre
puntos 21 y 22.
23 Situado en prolongación
imaginaria de línea
oficial sur de pasaje
La Concepción en su
intersección con la
línea perpendicular
trazada por el punto
22. 22-23 Límite poniente de
ampliación del
Cementerio entre puntos
22 y 23.
24 Situado en la
prolongación imaginaria
poniente del eje de la
Av. Las Torres a 450
mts.del eje del canal
Puangue. 23-24 Prolongación imaginaria
de límite poniente del
Cementerio, entre
puntos 23 y 24.
25 Situado en la
compuerta de salida del
tranque ubicado en la
cota 200. 24-25 Línea recta imaginaria
entre puntos 24 y 25.
26 Salida poniente del
canal interceptor del
tranque de la cota 200.
25-26 Línea recta imaginaria
entre los puntos 25 y
26.
27 Ubicado en el eje del
canal interceptor a
1.250 mts. al nor-
poniente siguiendo el
eje de dicho canal. 26-27 Eje del canal
interceptor entre los
puntos 26 y 27.
28 Ubicado en la línea
oficial norte de la
Ruta 78 actual a 1.300
mts. del encuentro con
prolongación del eje de
calle 2 Poniente
(actual callejón). 27-28 Línea recta imaginaria
entre los puntos 27 y
28.
29 Situado sobre línea
oficial norte de la
actual Ruta 78 en su
encuentro con
prolongación al norte
de eje de calle 2
Poniente (actual
callejón). 28-29 Línea oficial norte de
Ruta 78 actual, entre
puntos 28 y 29.
30 Situado sobre la línea
oficial sur de futura
Ruta 78 en su
intersección con la
prolongación imaginaria
del eje de calle 2
Poniente (actual
callejón). 29-30 Prolongación imaginaria
del eje de calle 2
Poniente.
30-1 Línea oficial sur del
trazado de la futura
Ruta 78 entre los
puntos 30 y 1.
En esta Ordenanza, los siguientes términos tienen el significado que se expresa:
Porcentaje de ocupación de suelo: Es la relación porcentual entre la superficie edificada determinada en la forma que más adelante se expresa y la superficie total del predio, descontada de esta última las áreas declaradas de utilidad pública que pudieran afectarlo por disposiciones del presente Plan Regulador.
La superficie edificada se determinará por la proyección del edificio sobre el terreno, descontando el 100% de la proyección de los aleros, balcones y cubiertas en...
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