Decreto núm. 1523, publicado el 10 de Octubre de 2014. AUTORIZA MEDIDAS DE ALIVIO TRIBUTARIO PARA LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS AGRICULTORES DE LAS COMUNAS DE LA LIGUA, CABILDO Y PETORCA, TODAS DE LA PROVINCIA DE PETORCA, REGIÓN DE VALPARAÍSO, Y DE LAS COMUNAS DE LAS PROVINCIAS DE CHOAPA, ELQUI Y LIMARÍ, REGIÓN DE COQUIMBO - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 538436290

Decreto núm. 1523, publicado el 10 de Octubre de 2014. AUTORIZA MEDIDAS DE ALIVIO TRIBUTARIO PARA LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS AGRICULTORES DE LAS COMUNAS DE LA LIGUA, CABILDO Y PETORCA, TODAS DE LA PROVINCIA DE PETORCA, REGIÓN DE VALPARAÍSO, Y DE LAS COMUNAS DE LAS PROVINCIAS DE CHOAPA, ELQUI Y LIMARÍ, REGIÓN DE COQUIMBO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA MEDIDAS DE ALIVIO TRIBUTARIO PARA LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS AGRICULTORES DE LAS COMUNAS DE LA LIGUA, CABILDO Y PETORCA, TODAS DE LA PROVINCIA DE PETORCA, REGIÓN DE VALPARAÍSO, Y DE LAS COMUNAS DE LAS PROVINCIAS DE CHOAPA, ELQUI Y LIMARÍ, REGIÓN DE COQUIMBO

Núm. 1.523.- Santiago, 22 de agosto de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32º, Nº 6, de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto supremo Nº 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I, de la ley Nº 16.282, sobre disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes y sus modificaciones; en la ley Nº 20.713, de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2014; en los decretos supremos Nº 234, de 28 de febrero de 2012, Nº 856, de 6 de agosto de 2012, Nº 105, de 28 de enero de 2013, Nº 133, de 1 de febrero de 2013, Nº 675, de 25 de junio de 2013, y Nº 1.422, de 29 de julio de 2014, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el DFL Nº 1, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 17.235 sobre impuesto territorial; el Título XI, Libro I, del Código de Aguas, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que, mediante decreto supremo Nº 234, de fecha 28 de febrero de 2012, se declaró como afectadas por la catástrofe derivada de la sequía que ha asolado la zona centro-norte del país, a las comunas de La Ligua, Cabildo y Petorca, todas de la Provincia de Petorca, de la Región de Valparaíso.

  2. - Que, por su parte, el decreto supremo Nº 856, de fecha 6 de agosto de 2012, y por estar igualmente perjudicadas por el fenómeno climático aludido, declaró como afectadas por la catástrofe a la Provincia de Limarí y a las comunas de Salamanca, Illapel, Canela, Andacollo y La Higuera, todas de la Región de Coquimbo.

  3. - Que, el decreto supremo Nº 105, de fecha 28 de enero de 2013, amplió la declaración de catástrofe dispuesta por el citado decreto Nº 856, de 2012, a contar de la misma fecha de este último acto administrativo, a las comunas de Los Vilos, de la Provincia de Choapa y a las comunas de Paihuano, Vicuña, Coquimbo y La Serena, de la Provincia de Elqui, todas de la Región de Coquimbo.

  4. - Que, por decreto supremo Nº 133, de fecha de 1 de febrero de 2013, se extendió la vigencia de la declaración de zona afectada por la catástrofe, dispuesta en relación a las comunas de La Ligua, Cabildo y Petorca, todas de la...

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