Decreto 8 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239904026

Decreto 8 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 5 de enero de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 8 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600 de 2008 que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón de la Contraloría General de la República.

  4. La resolución exenta Nº 308 de 2000, modificada por la resolución exenta Nº 81 de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz y 1.965 - 1.975 MHz al Servicio Público de Telefonía Móvil.

  5. Los decretos supremos Nº 657 y Nº 658 de 2002, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.

  6. El decreto supremo Nº 481 de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que perfecciona el cambio de titular.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 27.776 de 30.04.2007.

  8. La resolución exenta Nº 1.176, de 08.10.2008, que rechazó la oposición interpuesta por Doña Gilda Quintana Silva.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil en las bandas de frecuencias 1.865 -

    1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz y 1.965 - 1.975 MHz, otorgada a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº 87.845.500-2, con domicilio en Av. El Bosque Sur Nº 90, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar dos (2) estaciones base, cuyas características técnicas se indican a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 09.02.2009, PÁGINA 22.

      Las estaciones base que se autorizan se conectarán a la red a través de medios propios o arrendados a terceros.

    2. Se entenderá que cada estación constituye una etapa del proyecto. Para cada una de las etapas, los plazos máximos se indican a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 09.02.2009, PÁGINA 22.

    3. Apruébase el proyecto técnico...

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