Decreto núm. 39, publicado el 23 de Abril de 2014. MODIFICA NÓMINA DE CRUCES FERROVIARIOS PÚBLICOS A NIVEL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 252, DE 1994, Y SUS MODIFICACIONES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 507365858

Decreto núm. 39, publicado el 23 de Abril de 2014. MODIFICA NÓMINA DE CRUCES FERROVIARIOS PÚBLICOS A NIVEL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 252, DE 1994, Y SUS MODIFICACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA NÓMINA DE CRUCES FERROVIARIOS PÚBLICOS A NIVEL CONTENIDA EN EL DECRETO Nº 252, DE 1994, Y SUS MODIFICACIONES

Núm. 39.- Santiago, 28 de febrero de 2014.- Visto: Lo dispuesto en los artículos Nos 41 y 42 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado; el decreto supremo Nº 38, de 1986, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de señalización de cruces públicos a nivel; el decreto supremo Nº 252, de 1994, que modifica nómina de cruces ferroviarios públicos a nivel contenida en el decreto Nº 500, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 1962, y sus modificaciones.

Considerando:

  1. Lo dispuesto en el numeral 3º del decreto supremo Nº 252 citado en Visto, que establece que el cambio de un cruce de la nómina del numeral 2º, a la nómina del numeral 1º podrá ser dispuesta previo informe técnico de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.

  2. Que existen dos informes técnicos realizados por la Empresa: el estudio "Auditoría de Seguridad Levantamiento Cruces a Nivel Sectores Alameda - Temuco y San Rosendo - Hualqui" realizado en 2006 y el estudio "Evaluación Social de Desnivelación de Cruces en la Red de EFE" realizado en 2011, y que en ellos se estima el índice de peligrosidad bajo las directrices del decreto supremo Nº 38 citado en Visto.

  3. Que los índices de peligrosidad resultan mayores que 12.000 en 62 cruces contenidos en la nómina del numeral 2º y, por lo tanto, corresponde su cambio a la nómina del numeral 1º.

  4. Que el Departamento Ferroviario del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ha revisado estos antecedentes y adjunta minuta técnica, con el listado de cruces y su índice de peligrosidad, confirmando la procedencia del cambio de los cruces que indica desde la nómina del numeral 2º a la nómina del numeral 1º.

  5. Que mediante cartas GG-165/2014 y 14-042, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado solicita la...

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