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Resolución núm. 2181, publicada el 21 de Abril de 2014. INFORMA CONSTITUCIÓN DE NUEVO PARTIDO

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO ELECTORAL
Rango de LeyResolución

INFORMA CONSTITUCIÓN DE NUEVO PARTIDO

Por resolución O-Nº 2.181, de 15 de abril de 2014, se ordenó la publicación del siguiente extracto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º inciso tercero y para los efectos señalados en el artículo 10, ambos de la ley Nº 18.603.

En Santiago de Chile, a 3 de abril de 2014, ante don Carlos Alberto Miranda Jiménez, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas, Titular de Concepción, modificada por escritura pública del día 14 de abril del año en curso, se ha otorgado escritura pública de fusión de "Partido Ecologista Verde" con "Partido Ecologista Verde del Norte", en una nueva entidad denominada "Partido Ecologista Verde". El lema del partido será "Por Un Desarrollo Sustentable Para Chile" y su sigla se constituirá por las letras "PEV". El símbolo del partido está constituido por una araucaria color verde inscrita en un círculo color verde claro con un curso de agua sinuoso color azul en su parte inferior.

La Directiva Central provisional está constituida por don Alejandro San Martín Bravo, Presidente, doña Paula Denisse Opazo Nova, Secretaria General, y don Mauricio Victoriano Arenas Crisóstomo, Tesorero; primer Vicepresidente: Vacante; segundo Vicepresidente: Vacante; tercer Vicepresidente: Vacante, y cuarto Vicepresidente: Vacante.

El Tribunal Supremo provisional está constituido por don Patricio Eduardo Alister Alegría, Presidente; don Alfonso Javier Belmar Rodríguez, Vicepresidente, y don Bernardo Juan José Reyes Ortiz, Secretario.

Todos individualizados en la escritura de fusión y con domicilio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, oficina dos mil ciento uno, comuna de Santiago.

En caso de fallecimiento, renuncia o imposibilidad definitiva de alguno de los miembros de la Directiva Central provisional o del Tribunal Supremo provisional, se procederá a su reemplazo mediante la designación de un nuevo miembro de entre los afiliados al partido, por los miembros de la Directiva Central provisional y Tribunal Supremo provisional que se encontraran aún en ejercicio, por acuerdo de simple mayoría de sus miembros. En caso de imposibilidad transitoria de alguno de los integrantes de la Directiva Central provisional, su subrogancia se regirá por la jerarquía descrita a continuación. Al presidente lo subrogará el secretario general; al secretario general lo subrogará el tesorero, y al tesorero lo subrogará el secretario general. Las...

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