Resolución núm. 281 EXENTA, publicada el 17 de Abril de 2014. AMPLÍA SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, DE REVISIÓN DE RESOLUCIONES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL Y PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS, SI CORRESPONDIESE, EN LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA Y TARAPACÁ - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 505774134

Resolución núm. 281 EXENTA, publicada el 17 de Abril de 2014. AMPLÍA SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, DE REVISIÓN DE RESOLUCIONES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL Y PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS, SI CORRESPONDIESE, EN LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA Y TARAPACÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

AMPLÍA SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, DE REVISIÓN DE RESOLUCIONES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL Y PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS, SI CORRESPONDIESE, EN LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA Y TARAPACÁ

Núm. 281 exenta.- Santiago, 7 de abril de 2014.- Vistos:

  1. El fenómeno sísmico ocurrido con fecha 1º de abril de 2014 en el norte del país;

  2. La declaración del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, respecto de las regiones de Arica y Parinacota, y Tarapacá;

  3. La resolución exenta Nº 261, de 2 de abril de 2014, de esta Dirección Ejecutiva, que dispone la suspensión de los plazos asociados a la totalidad de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, de revisión de resoluciones de calificación ambiental y procedimientos sancionatorios, si los hubiese, actualmente en tramitación ante el Servicio de Evaluación Ambiental de las regiones de Arica y Parinacota y Tarapacá.

  4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.576, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; en el DS Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el decreto Nº 33, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  5. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Nº 19.300, la administración y dirección superior del Servicio de Evaluación Ambiental corresponde a su Director Ejecutivo.

  6. Que, a consecuencia del fenómeno sísmico ocurrido el día 1º de abril de 2014, no ha resultado posible seguir adelante con las etapas asociadas a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, de revisión de resoluciones de calificación ambiental y procedimientos sancionatorios, si los hubiese, actualmente en curso en las regiones de Tarapacá y Arica y Parinacota, producto de las carencias de...

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