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Resolucion núm. 620 EXENTA, el 30 de Mayo de 2014. APLICA MEDIDAS SANITARIAS DE PRE-EMERGENCIA PARA LA CIUDAD DE OSORNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

APLICA MEDIDAS SANITARIAS DE PRE-EMERGENCIA PARA LA CIUDAD DE OSORNO

Núm. 620 exenta.- Puerto Montt, 22 de mayo de 2014.- Visto: 1.- Que los resultados obtenidos por monitoreo las últimas 24 horas, desde la Estación de Monitoreo Ambiental de El Alba, comuna de Osorno, demuestran el día de hoy 22 de mayo de 2014, que se superan los niveles permitidos por la normativa, en cuanto a emisiones de MP 2.5. 2.- Que los resultados obtenidos constituyen un riesgo para la salud de la población, en particular a los grupos de riesgo de la población, por el aumento de enfermedades respiratorias y cardiorrespiratorias. 3.- Que los resultados meteorológicos para la ciudad de Osorno, demuestran presencia de alta presión, bajas temperaturas y ausencia de precipitaciones.

Considerando: 1.- Que el Ministerio de Salud por delegación de facultades de S.E. la Presidenta de la República, decretó Alerta Sanitaria y otorgó Facultades Extraordinarias a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, para disponer la resolución de medidas sanitarias extraordinarias, según lo dispuesto en el DS Nº 90 de fecha 2 mayo de 2014 del Ministerio de Salud. 2.- Que conforme dispone el artículo letra b), del Código Sanitario, esta Autoridad Sanitaria tiene facultades para dictar las órdenes y medidas de carácter general, local o particular que fueren necesarias para el debido cumplimiento del Código Sanitario y sus Reglamentos, con el objeto de resguardar la salud de la población. 3.- Que el artículo 36 del Código Sanitario, dispone a S.E. la Presidenta de la República, de otorgar facultades al Ministerio de Salud y las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud para evitar la propagación de enfermedades, cuando una parte del territorio se viere amenazada o invadidas por una epidemia o por un aumento notable de alguna enfermedad, o cuando se produjeren emergencias que signifiquen grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes. 4.- Que esta Secretaría Regional Ministerial de Salud tiene como función dentro del ámbito de su competencia, la de ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población, de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario. 5.- Que por resolución sanitaria Nº 611 de fecha 19 de mayo de 2014, esta Autoridad Sanitaria resuelve aplicar...

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