Decreto núm. 106, publicado el 20 de Agosto de 2014. INCORPORA CRUCES FERROVIARIOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
INCORPORA CRUCES FERROVIARIOS QUE INDICA
Núm. 106.- Santiago, 8 de abril de 2014.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República de Chile; el decreto con fuerza de ley Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda; el decreto con fuerza de ley 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda; ley Nº 16.436, de 1966; el decreto ley Nº 557, de 1974 del Ministerio del Interior; el decreto supremo Nº 500, de 1962, de la ex Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo dispuesto en los artículos Nº 41 y Nº 42 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado; el decreto supremo Nº 252, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable;
Considerando:
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- Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo Nº 41 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citado en los vistos, se ha facultado al Presidente de la República para que mediante decretos supremo expedido a través de esta Secretaría de Estado, modifique la nómina de cruces a nivel en que los caminos públicos atraviesan la vía férrea, mencionada en el decreto supremo Nº 500, de 1962, de la ex Subsecretaría de Transportes, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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- Que mediante decreto supremo Nº 252, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, citado en los vistos, se modificó en su numeral uno la Nómina de Cruces Ferroviarios a Nivel contenida en el decreto supremo Nº 500, de 1962, del ex Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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- Que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, a través de su filial "Ferrocarril de Arica La Paz S.A.", constituida el 29 de septiembre de 1995, tiene a su cargo la operación ferroviaria en la red del Ferrocarril de Arica a La Paz, construida por el Gobierno de Chile en cumplimiento al Tratado de Paz, Amistad y Comercio entre Chile y Bolivia suscrito el 20 de octubre de 1904.
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- Que razones de seguridad en el tránsito y desplazamiento de los usuarios de dicho corredor han determinado la calificación por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de incluir en la...
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