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Decreto núm. 65, publicado el 14 de Junio de 2014. PROMULGA EL PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA

Núm. 65.- Santiago, 21 de marzo de 2014.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 26 de noviembre de 2010, se suscribió en Georgetown, República Cooperativa de Guyana, el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre Compromiso con la Democracia.

Que dicho Protocolo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el Oficio Nº 9.862, de 15 de diciembre de 2011, de la Cámara de Diputados.

Que el depósito del Instrumento de Ratificación de dicho Protocolo se efectuó, ante el Gobierno de la República del Ecuador, el 14 de marzo de 2012.

Que habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Artículo 8, párrafo 2, del aludido Protocolo, éste entró en vigor internacional el 19 de marzo de 2014.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre Compromiso con la Democracia, suscrito en Georgetown, República Cooperativa de Guyana, el 26 de noviembre de 2010; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA

La República de Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador, la República Cooperativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, República de Suriname, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela.

CONSIDERANDO que el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas establece que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto irrestricto de los derechos humanos son condiciones esenciales para la construcción de un futuro común de paz y prosperidad económica y social y para el desarrollo de los procesos de integración entre los Estados Miembros.

SUBRAYANDO la...

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