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Decreto núm. 1118, publicado el 15 de Noviembre de 2013. ESTABLECE LAS CONDICIONES PARA EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DEL DELEGADO PRESIDENCIAL PARA LA GESTIÓN PÚBLICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE LAS CONDICIONES PARA EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DEL DELEGADO PRESIDENCIAL PARA LA GESTIÓN PÚBLICA

Núm. 1.118.- Santiago, 26 de agosto de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24, 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; los artículos y del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que por mandato constitucional corresponde al Presidente de la República el gobierno y la administración del Estado, tarea que ejerce con la colaboración de los organismos que integran la Administración del Estado, teniendo ésta como finalidad atender las necesidades públicas en forma continua y permanente y fomentar el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución y las leyes.

  2. Que ha sido prioridad del actual Gobierno fortalecer la calidad de los servicios que las instituciones públicas entregan a la ciudadanía, mejorando la atención a los usuarios, comprometiéndose a aumentar la productividad con que los recursos públicos se usan para prestar servicios públicos, respondiendo con la máxima economía de medios, en defensa del patrimonio fiscal.

  3. Que en tal sentido, el Gobierno ha impulsado lineamientos generales para mejorar la gestión, los que tienen por bases generales, por una parte, que las subsecretarías asuman plenamente su responsabilidad de coordinar la gestión de los servicios de su sector, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 24 y 29 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y, por otro, que los distintos jefes y jefas de Servicio participen de manera directa y activa en mejorar la gestión de su respectiva institución.

  4. Que para enfrentar dicho cometido se ha estimado necesario integrar y aunar esfuerzos de los organismos públicos, para que actúen de manera coordinada y proponiendo acciones tendientes a lograr una eficiente gestión de las subsecretarías y servicios dependientes o relacionados de su respectivo sector.

  5. Que para dichos efectos se requiere contar con un Delegado Presidencial en materias relativas a la gestión de los...

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