Decreto núm. 120, publicado el 25 de Junio de 2014. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DE LOS LAGOS S.A., SECTOR LOMAS DE RELONCAVÍ, COMUNA DE PUERTO MONTT, DÉCIMA REGIÓN - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 516270722

Decreto núm. 120, publicado el 25 de Junio de 2014. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DE LOS LAGOS S.A., SECTOR LOMAS DE RELONCAVÍ, COMUNA DE PUERTO MONTT, DÉCIMA REGIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DE LOS LAGOS S.A., SECTOR LOMAS DE RELONCAVÍ, COMUNA DE PUERTO MONTT, DÉCIMA REGIÓN

Núm. 120.- Santiago, 15 de abril de 2014.- Vistos:

  1. El DFL Nº 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente "DFL MOP Nº 70/88";

  2. La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante e indistintamente la Superintendencia);

  3. El decreto supremo Nº 453, de 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente el "Reglamento";

  4. El artículo 100º del decreto supremo Nº 1.199, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente "DS MOP Nº 1.199/04";

  5. El decreto supremo del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Nº 94, de 23 de marzo de 2009, que fija fórmulas tarifarias de los servicios de distribución de agua potable y recolección de aguas servidas para la Empresa Sanitaria Sur S.A. (ex Inmobiliaria, Constructora y de Rentas Sanz Miletic S.A.);

  6. El decreto supremo del MOP Nº 188, de 13 de abril de 2011, que aprueba transferencia de las concesiones de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas de la Empresa Sanitaria Sur S.A. a Essal S.A.;

  7. El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  8. Estos antecedentes.

    Considerando:

  9. Que en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

  10. Que el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios de la empresa Essal S.A., Sector Lomas de Reloncaví, comuna de Puerto Montt, Décima Región, correspondiente al quinquenio 2014-2019, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;

  11. Que en el proceso de fijación de tarifas del concesionario Essal S.A., Sector Lomas de Reloncaví, comuna de Puerto Montt, Décima Región, el prestador no elaboró su estudio tarifario, circunstancia que quedó señalada en el acta de intercambio de estudios tarifarios;

  12. Que en caso que el prestador no elabore su propio estudio tarifario, se fijarán las tarifas derivadas del estudio de la Superintendencia;

  13. Que la determinación de tarifas ha cumplido con las bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de distribución de agua potable y recolección de aguas servidas de las concesiones sanitarias para la empresa Essal S.A., Sector Lomas de Reloncaví, comuna de Puerto Montt, Décima Región, en adelante la empresa, en los siguientes términos:

  14. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 * IN2

    1.1.3. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL

    CVAL = CV2 * IN3

    1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2012, son los indicados a continuación:

    1.3. POLINOMIOS DE INDEXACIÓN

    Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9 e IN10, como los polinomios de indexación de tarifas, que se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai * IIPC + bi * IIPBI + ci * IIPPI

    donde:

    IIPC: Índice del Índice de Precios al Consumidor, o el que lo reemplace, calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el Índice de Precios al Consumidor, publicado por el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de 2012, IPCo = 108,61 (Base, anual 2009=100).

    IIPBI: Índice del Índice de Precios de Bienes Importados Sector Manufacturero, o el que lo reemplace, calculado como IPBI/IPBIo, en que...

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